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Nacionales: Proponen endurecer las penas por maltrato animal con una reforma integral a la Ley 14.346
02/10/2025 | 326 visitas
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La propuesta actualiza las sanciones vigentes desde 1954, incorpora nuevas conductas reprochables y establece penas accesorias como el decomiso de animales y la obligación de asistir a programas educativos.
En línea con los avances internacionales en materia de bienestar animal, el diputado Oscar Agost Carreño (Encuentro Federal) presentó un proyecto de ley que propone una profunda reforma de la Ley 14.346, vigente desde hace más de 70 años. La iniciativa busca actualizar el marco normativo argentino, endureciendo las penas por maltrato y crueldad contra los animales, e incorporando medidas complementarias para prevenir y sancionar estas conductas.


El proyecto del diputado cordobés eleva las penas de prisión a uno a tres años por maltrato, y dos a cinco años por actos de crueldad, además de establecer inhabilitaciones especiales de hasta diez años para la tenencia de animales y el ejercicio de actividades vinculadas a su cuidado, guarda, cría, transporte o comercialización.
Entre las conductas que se consideran maltrato, se incluyen:

● No alimentar adecuadamente a animales domésticos o cautivos.
● Azuzarlos para el trabajo con instrumentos que provoquen dolor.
● Emplearlos en tareas para las que no están físicamente aptos.
● Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos.
● Someterlos a jornadas excesivas o condiciones laborales inadecuadas.
● Usarlos en el tiro de vehículos cuando su estado físico no lo permite.


Por su parte, los actos de crueldad abarcan:
● Vivisección sin fines científicos o médicos demostrables.
● Mutilaciones injustificadas.
● Cirugías sin anestesia realizadas por personas no habilitadas.
● Abandono en condiciones que pongan en riesgo su vida o integridad.
● Riñas de animales, corridas de toros, peleas de perros y espectáculos similares.
● Experimentación sin regulaciones éticas.
● Prácticas sexuales o de explotación incompatibles con su bienestar.
● Torturas, atropellos intencionales o muertes por perversidad.


Además, el proyecto incorpora penas accesorias como:
● El decomiso de los animales afectados, que serán entregados a organizaciones de protección animal.
● La obligación de asistir a programas educativos sobre tenencia responsable.
● La publicación de la sentencia condenatoria en medios locales, a cargo del condenado.
En los fundamentos, Agost Carreño destaca que las sanciones actuales —de apenas 15 días a un año de prisión— resultan insuficientes para prevenir hechos graves. Cita ejemplos de países como España, Alemania, Chile, Colombia y Uruguay, que han avanzado en legislaciones más severas y en el reconocimiento de los animales como seres sintientes.

“El objetivo es brindar al Estado y al Poder Judicial herramientas modernas y eficaces para desalentar y castigar el maltrato animal, en línea con los compromisos internacionales”, sostiene el diputado, quien solicita el acompañamiento de sus pares para la aprobación del proyecto.
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Éxitos!
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